Disposición (ANMAT) 4491/15. Del 8/6/2015. B.O.: 16/6/2015. ANMAT. Modifícanse los montos de los aranceles que devengarán las tramitaciones que se realicen ante la ANMAT —Dirección de vigilancia Sanitaria de Productos para la Salud— correspondientes a especialidades medicinales, productos cosméticos, de higiene personal y perfumes, y productos de higiene oral de uso odontológico y de los productos de uso doméstico (domisanitarios), conforme el detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la presente disposición.
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