Resolución (MS) 190/18. Las certificaciones de documentación y demás actos para los cuales rige tal formalidad y que, a opción del operador, sean practicadas por funcionarios del Registro Nacional de Precursores Químicos, sólo serán válidas mediante la acreditación al trámite de que se trate, de Estampillas Ley N° 25.363, ello hasta tanto se encuentren disponibles para su presentación en la plataforma TAD. Deja sin efecto la resolución E 148/17 MS.
Ministerio de Seguridad
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