Disposición (SSS) 679/14. Del 6/5/2014. B.O.: 16/5/2014. Aprobar la modificación del valor de la Unidad de Establecimiento Provincial (UEP), fijando su valor en la suma de pesos dos cincuenta centavos ($2,50).
Subsecretaría de Salud
Neuquén, 6 de mayo de 2014.
VISTO:
El Expediente N° 4420-097856/12 del registro de la Mesa de Entradas y Salidas de la Subsecretaría de Salud, dependiente del Ministerio de Salud; y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1° de la Ley 1352, y Artículos 1° inciso b), f) y j) Artículo 7° del Decreto 1517/93 reglamentario de dicha Ley, se ha atribuido a Subsecretaría de Salud como Autoridad Sanitaria Provincial, la facultad de fijar los códigos y/o valor, en el caso de la Unidad de Establecimiento Provincial (UEP), de las prestaciones y prácticas de arancelamiento que se efectúan a través de las Direcciones de Fiscalización Sanitaria, de Fiscalización Farmacéutica, de Seguridad e Higiene, de Bromatología, y Área Bioética, dependientes de esta Subsecretaría de Salud;
Que mediante Disposiciones N° 763/12, se aprobó por última vez el valor de Unidad de Establecimiento Provincial (UEP), fijando el mismo en pesos uno con setenta centavos ($1,70), actualmente vigente;
Que en tal sentido se considera necesario y oportuno proceder a actualizar dicho valor adecuándolo a las pautas económicas y sociales imperantes en el ámbito de nuestro país y de nuestra Provincia;
Que desde la Dirección General de Regulación y Fiscalización se propone fijar valor del UEP en la suma de pesos dos con cincuenta centavos ($2,50);
Que asimismo, para arribar a dicho valor también se ha procedido a realizar una comparación con los aranceles que se perciben en las provincias vecinas de Río Negro y Chubut;
Que la modificación del valor de UEP afectará los listados de prácticas de las áreas mencionadas;
Que dichos listados forman parte integrante de la presente Norma Legal con Anexos I, II, III y IV;
Que por todo lo expuesto corresponde autorizar lo informado y dejar sin efecto Normas Legales anteriores;
Por ello y en uso de sus atribuciones
LA SUBSECRETARIA DE SALUD
DISPONE:
Artículo 1°: Aprobar la modificación del valor de la Unidad de Establecimiento Provincial (UEP), fijando su valor en la suma de pesos dos cincuenta centavos ($2,50).
Artículo 2°: Aprobar los listados de aranceles de las Direcciones de Fiscalización Sanitaria, de Fiscalización Farmacéutica, de Seguridad e Higiene, Bromatología y Área Bioética dependientes de esta Subsecretaría de Salud, que como Anexos I, II, III y IV forman parte integrante de la presente Norma Legal.
Artículo 3º: Comuníquese, agréguese copias a sus antecedentes, publíquese y Archívese.
ANEXOS I, II, III y IV (formato PDF)
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