Gestión Ambiental. Por resolución 451/19 se prohíbe la producción, importación, formulación, comercio y uso de los productos químicos alcanzados por el CONVENIO DE ESTOCOLMO SOBRE CONTAMINANTES ORGÁNICOS PERSISTENTES, ya sea como sustancias puras o presentes en mezclas o formulaciones. Listado de finalidades aceptables. Listado de exenciones específicas.
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